martes, 16 de noviembre de 2010

tabla del INPC

Qué es


  • El Índice Nacional de Precios al Consumidor contiene los datos de las variaciones de precios de la canasta básica que emite mensualmente el Banco de México, por medio del Diario Oficial de la Federación (en promedio son emitidos el día 10 de cada mes); los cuales nos sirven para medir los efectos inflacionarios en la economía del país.
  • El sistema tiene cargados los Índices desde el año de 1950, hasta Enero de 2003; para los índices posteriores, deberás registrarlos, actualizarlos y grabarlos a medida que sean emitidos.
  • Para el sistema, la tabla del INPC es de vital importancia, ya que sirve para reexpresar la contabilidad de la empresa, de tal forma que se reflejen los cambios en valor producidos por la inflación (e incluso por la deflación) como en los siguientes casos:


  1. Depreciaciones fiscales.
  2. Revaluaciones.
  3. Cálculo de la depreciación con valores actualizados para el ajuste de ISR.
  4. Para el cálculo del Impuesto al activo.
  5. Reexpresión de saldos.


Ventana de Índice Nacional de Precios al Consumidor

Podrás observar un listado con los años y los respectivos índices mensuales que existen y los pendientes por capturar.

Botón FTPMediante este botón, podrás realizar automáticamente la actualización del archivo del INPC (INPC01.DB) mediante una conexión a un servidor FTP, manteniendo el índice de precios al día de una manera más directa y rápida, sólo necesitarás estar conectado a Internet y hacer clic en este botón. Al realizar la conexi n, se baja el archivo nuevo y se sustituye el anterior, posteriormente se actualizarán los valores en pantalla.

Cuando el sistema haya realizado correctamente la actualización, enviará el mensaje " Archivo de INPC actualizado". Recuerda que para que esta actualización se pueda realizar, debes estar conectado a Internet de lo contrario el sistema mandará el mensaje "No se pudo actualizar el archivo de INPC". Este mensaje también se muestra cuando la página o servidor FTP no está disponible.

Se recomienda que se tenga un respaldo del archivo INPC01.DB, ya que al momento de bajar el archivo de la tabla de INPC de Internet, éste se sobrescribirá.

Tabla del INPC

Qué es

  • El Índice Nacional de Precios al Consumidor contiene los datos de las variaciones de precios de la canasta básica que emite mensualmente el Banco de México, por medio del Diario Oficial de la Federación (en promedio son emitidos el día 10 de cada mes); los cuales nos sirven para medir los efectos inflacionarios en la economía del país.
  • El sistema tiene cargados los Índices desde el año de 1950, hasta Enero de 2003; para los índices posteriores, deberás registrarlos, actualizarlos y grabarlos a medida que sean emitidos.
  • Para el sistema, la tabla del INPC es de vital importancia, ya que sirve para reexpresar la contabilidad de la empresa, de tal forma que se reflejen los cambios en valor producidos por la inflación (e incluso por la deflación) como en los siguientes casos:

  1. Depreciaciones fiscales.
  2. Revaluaciones.
  3. Cálculo de la depreciación con valores actualizados para el ajuste de ISR.
  4. Para el cálculo del Impuesto al activo.
  5. Reexpresión de saldos.

Ventana de Índice Nacional de Precios al Consumidor

Podrás observar un listado con los años y los respectivos índices mensuales que existen y los pendientes por capturar. 

Qué es

  • El Índice Nacional de Precios al Consumidor contiene los datos de las variaciones de precios de la canasta básica que emite mensualmente el Banco de México, por medio del Diario Oficial de la Federación (en promedio son emitidos el día 10 de cada mes); los cuales nos sirven para medir los efectos inflacionarios en la economía del país.
  • El sistema tiene cargados los Índices desde el año de 1950, hasta Enero de 2003; para los índices posteriores, deberás registrarlos, actualizarlos y grabarlos a medida que sean emitidos.
  • Para el sistema, la tabla del INPC es de vital importancia, ya que sirve para reexpresar la contabilidad de la empresa, de tal forma que se reflejen los cambios en valor producidos por la inflación (e incluso por la deflación) como en los siguientes casos:

  1. Depreciaciones fiscales.
  2. Revaluaciones.
  3. Cálculo de la depreciación con valores actualizados para el ajuste de ISR.
  4. Para el cálculo del Impuesto al activo.
  5. Reexpresión de saldos.

Ventana de Índice Nacional de Precios al Consumidor

Podrás observar un listado con los años y los respectivos índices mensuales que existen y los pendientes por capturar.


Botón FTP


Mediante este botón, podrás realizar automáticamente la actualización del archivo del INPC (INPC01.DB) mediante una conexión a un servidor FTP, manteniendo el índice de precios al día de una manera más directa y rápida, sólo necesitarás estar conectado a Internet y hacer clic en este botón. Al realizar la conexi n, se baja el archivo nuevo y se sustituye el anterior, posteriormente se actualizarán los valores en pantalla.

Cuando el sistema haya realizado correctamente la actualización, enviará el mensaje " Archivo de INPC actualizado". Recuerda que para que esta actualización se pueda realizar, debes estar conectado a Internet de lo contrario el sistema mandará el mensaje "No se pudo actualizar el archivo de INPC". Este mensaje también se muestra cuando la página o servidor FTP no está disponible.

Se recomienda que se tenga un respaldo del archivo INPC01.DB, ya que al momento de bajar el archivo de la tabla de INPC de Internet, éste se sobrescribirá.

Reporte de Depreciación Contable

Acceso
  • Menú Reportes, Depreciación contable, Depreciación Contable


Qué es
Este reporte presenta los cálculos tradicionales de depreciación, mismos que se aplican para el título II y IV de la Ley de Impuesto Sobre la Renta.
 

Básicamente presenta el valor del activo, la depreciación acumulada hasta el período anterior de depreciación indicado, la depreciación correspondiente al período de depreciación, además del monto total de estas depreciaciones.




El reporte contiene los siguientes registros:
  • La clave del activo
  • Tipo de activo
  • Descripción del activo
  • Localización
  • Fecha de adquisición del activo
  • Método de depreciación
  • Valor a depreciar
  • % de depreciación
  • Depreciación acumulada
  • Remanente a depreciar
  • Depreciación del período
  • Depreciación total
  • Fecha de inicio de depreciación
A diferencia de los reportes de depreciación con valores actualizados (factor anual y ajustes ISR), este listado no considera el factor de actualización y proporciona la depreciación para cualquier período: un mes, un trimestre, cuatrimestre, etc.

Nota:
Cabe mencionar que se consideran meses completos. La depreciación se comienza a calcular en el mes indicado en el campo de fecha de inicio de depreciación de la pestaña de depreciación contable. El sistema calcula la depreciación considerando el mes y año indicados en el período de depreciación, de modo que si por ejemplo solicitas la depreciación del 01/01/02 al 20/06/02, el sistema proporcionará la depreciación de 6 meses ignorando el día indicado en el rango Hasta.

Manejo



El sistema identifica los activos que se encuentran dentro de las características solicitadas por los rangos de fechas, y multiplica los montos originales de la inversión a valores históricos por los porcentajes de depreciación correspondientes a cada activo ya establecidos en el alta del activo.

Este resultado lo divide entre 12, para determinar la depreciación mensual. Los datos que aparecen en el reporte se calculan como sigue:



  • Depreciación acumulada. – Este dato se obtiene de la carpeta de depreciación contable del catálogo de activos más un calculo de depreciación; consiste en el total de la depreciaci n que ha sufrido un activo desde su fecha de inicio de depreciación hasta el mes anterior al indicado como mes de inicio de depreciación que se solicita, por ejemplo: tenemos que comenzó a depreciarse en mayo/02 y se pide la depreciación acumulada a Ago/02, ésta será igual a la depreciación de los tres meses transcurridos desde mayo hasta julio. Si se pide la depreciación acumulada a Jul/02, ésta se deberá calcular como la depreciación acumulada del catálogo de activos más la depreciación de los 6 meses transcurridos en 2002.
  • Depreciación del período.- Este importe nace de la multiplicación de la depreciación mensual por el número de meses que comprenden el período de depreciación solicitado.
  • Depreciación total.- Éste es el importe de la depreciación desde la fecha en la cual se inició la depreciación del bien hasta la última fecha del período de depreciación solicitado. Este dato se puede obtener sumando el importe de la Depreciación del período y el importe de la Depreciación acumulada, ya calculados.
  • Remanente a depreciar.- Éste es el importe del valor original del activo a valores históricos menos la depreciación total, ya calculada.


Los demás datos del reporte surgen del catálogo de activos.
 

Para mayor información sobre el cálculo de este reporte, sobre el factor de actualización o la manera en que se calcula la Depreciación, dirígete a la explicación general sobre el tema:

Depreciación de Activos fijos


Nota
: También puedes elaborar un formato de reporte que contenga información similar a la de este reporte interno del sistema, pudiendo añadir o excluir campos que no deseas que sean considerados. Para crear y modificar formato de reportes, dirígete a la explicación del Editor de formatos.

Depreciación con valores actualizados (ajustes ISR)

Acceso
  • Menú Reportes, Depreciación fiscal, Con valores actualizados (ajustes ISR)


Qué es

Este listado presenta por omisión las depreciaciones actualizadas por los primeros 6 meses del año, para la obtención de los valores de ajuste del ISR con pagos adicionales, sin embargo podrás solicitar la depreciación actualizada de cualquier período.
 

A diferencia del reporte de depreciación con valores actualizados (factor anual), el período fiscal de este reporte considera los doce meses del año. El período de depreciación por omisión será del 01 de enero al 30 de junio de cada ejercicio, debido a que sólo se realiza un ajuste de los pagos provisionales de ISR y es por el período antes mencionado, sin embargo este período puede ser modificado.

El reporte contiene los siguientes registros:



  1. La clave y descripción del activo.
  2. El tipo y descripción del mismo.
  3. Fecha de inicio de depreciación fiscal.
  4. Factor de actualización
  5. La fecha de adquisición del bien.
  6. Porcentaje de depreciación fiscal.
  7. El valor actualizado a depreciar.
  8. La depreciación fiscal acumulada actualizada.
  9. La depreciación fiscal acumulada.
  10. La depreciación fiscal del período actualizada,
  11. La depreciación fiscal del período y
  12. La depreciación total actualizada de todos y cada uno de los activos que sean deducibles para efectos de la Ley del ISR, y en los límites en cuanto a monto se refiere y por el período de depreciación antes establecido.


Manejo
El cálculo que ofrece este reporte es el que requiere el título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. El sistema identifica los activos deducibles y los que tienen un límite en cuanto a su monto para efectos fiscales.

  1. Para activos que se comienzan a depreciar en años anteriores:
<><><><>
Monto original de la inversión actualizado =
Monto original de la inversión x Factor de actualización.
Factor de actualización =
INPC del último mes de la primera mitad del período fiscal / INPC del mes de adquisición del activo.
Depreciación mensual actualizada
(Monto original actualizado x Porcentaje establecido) / 12


  1. Para activos adquiridos o dados de baja durante el ejercicio, siempre y cuando no se hayan comprado o dado de baja después del mes de junio del ejercicio:
<><><><>
Monto original de la
inversión Actualizado =
Monto Original de la inversión x Factor de actualización.
Factor de actualización =
INPC del último mes de la primera mitad del período que se utilizo el activo en el período fiscal / INPC del mes de adquisición del activo.
Depreciación mensual
actualizada
(Monto original actualizado x Porcentaje establecido) / 12


Nota:
Se identifica como período de uso del activo el período en el que se deprecia el mismo, es decir, desde la fecha de inicio de depreciación hasta el último mes que se deprecie el activo en el ejercicio fiscal.

En el caso de activos a los cuales la SHCP les haya establecido límites para su deducción, y el valor histórico exceda dichos límites, se considerará como monto original de la inversión para actualizar el importe del límite establecido, el cual se multiplicará por los porcentajes máximos de depreciación establecidos en los artículos 37 y el 49 de la Ley del ISR. El resultado se divide entre 12 para obtener la depreciación mensual actualizada, y determinar los importes diversos de las depreciaciones actualizadas, que aparecerán en los reportes como sigue:



  • Depreciación acumulada actualizada.- Este dato se obtiene de multiplicar la depreciación mensual actualizada ya mencionada, por el número de meses del período comprendido entre la fecha en la cual se comenzó a depreciar el activo y el mes inmediato anterior al ejercicio por el cual se determina el ajuste.
  • Depreciación del período actualizada.- Este importe se obtiene de la multiplicación de la depreciación mensual actualizada por los seis meses correspondientes al período del ajuste (6 meses o período indicado).
  • Depreciación total actualizada.- Éste es el importe de la depreciación desde la fecha en la cual se inicio la depreciación del bien hasta junio del ejercicio (o período indicado). Este dato se puede obtener sumando el importe de la depreciación del período actualizada y el importe de la depreciación acumulada actualizada, ya calculados.


Los demás datos del reporte surgen del catálogo de activos.

Nota:
El cálculo de la depreciación se realiza a partir de la fecha de inicio de depreciación indicada en la carpeta de depreciación fiscal del catálogo de activos.

martes, 12 de octubre de 2010

"TAREA" Manejo del sistema de contabilidad integral

depreciación fiscal
La depreciación fiscal es un intento de pasar a pérdidas y ganancias el coste de activos no corrientes largo de su vida útil, la palabra paso a pérdidas y ganancias para los medios se convierte en un gasto. Por ejemplo, una entidad puede depreciar su equipo en un 15% por año. Este porcentaje debe ser razonable en su conjunto (por ejemplo, cuando una empresa fabricante está buscando en todas sus máquinas), y constantemente ocupadas. Sin embargo, no hay expectativa de que cada elemento individual en la disminución de valor en la misma cantidad, sobre todo porque el reconocimiento de la depreciación se basa en la asignación de costos históricos y no a precios corrientes de mercado.

Las normas de los organismos normas detalladas sobre los métodos de depreciación fiscal, que son aceptables, y los auditores deben expresar una opinión, si creen los supuestos que subyacen en las estimaciones no dan una imagen fiel. 



Calculo del impuesto al activo
Este impuesto se calcula sobre el valor de los inmuebles que rente, pero sólo por aquellos que utilicen sus inquilinos para comercio, industria, actividades agropecuarias o ganaderas

No obstante lo anterior, si sus ingresos el año anterior no excedieron de 4 millones de pesos no debe pagar dicho impuesto, sin embargo deberá hacer el cálculo anual del mismo.

 Por este impuesto debe efectuar las siguientes declaraciones
En el caso que esté obligado a pagar este impuesto, debe hacer su pago provisional mensualmente, a más tardar el día 17 del mes siguiente al que corresponda el pago.

Para calcular el importe a pagar debe hacer lo siguiente:
  • Tome la cantidad llamada "impuesto del ejercicio" de la declaración anual del año inmediato anterior y actualícela multiplicándola por el factor de actualización que se calcula como se indica en el ejemplo de la parte inferior.
  • Para calcular los pagos provisionales del 2007 no podrá tomar el impuesto del ejercicio de su declaración anual del año anterior, ya que de acuerdo con las reformas fiscales vigentes a partir de dicho año, el impuesto del ejercicio anterior se deberá recalcular sin restar al valor del activo del ejercicio, el importe de las deudas ni el equivalente a 15 salarios mínimos del área geográfica.
  • Divida entre 12 el impuesto del ejercicio actualizado y el resultado multiplíquelo por el número de meses que abarca el periodo de pago, es decir, desde el inicio del año hasta el mes por el que calcule el pago.
  • Al resultado reste los pagos provisionales  anteriores del mismo año, así como el impuesto sobre la renta efectivamente pagado en el mismo periodo. El resultado es el impuesto a cargo.

Procedimiento para calcular los pagos provisionales del impuesto al activo

Para la personas físicas existe una exención de este impuesto, es decir, no se tiene que pagar ninguna cantidad siempre y cuando los ingresos del año anterior no hayan excedido de 4 millones de pesos; sin embargo, no se les releva la obligación de determinar el impuesto.

Ejemplo:
Cálculo del impuesto al activo del mes de febrero de 2007

Concepto
Cantidad

$

Impuesto del ejercicio del año inmediato anterior.
10,000.00
Por:



Factor de actualización

INPC diciembre de 2006 (121.015) entre
INPC diciembre de 2005 (116.301))
1.0405
Igual:



Impuesto actualizado
10,405.00
Entre:



Meses del año
12
Igual:



Impuesto mensual
867.08
Por:



Número de meses del periodo (enero a febrero).
2
Igual:



Impuesto al activo del periodo
1,734.16
Menos:



ISR efectivamente pagado en el mismo periodo
867.00
Igual:



Impuesto a cargo
$867.16
Impuesto al activo


La declaración anual del impuesto al activo la debe realizar conjuntamente con la del impuesto sobre la renta, lo cual se hará con el programa electrónico DeclaraSAT.

No obstante lo anterior usted puede hacer el cálculo del impuesto con el sigueinte procedimiento:
  1. Calcule el valor promedio de cada uno de sus activos que tenga para su negocio como son vehículos, maquinaria, inventario, construcciones, terrenos y activos financieros como lo establece la Ley del Impuesto al Activo.
  2. Sume los valores promedio de todos los bienes.
  3. Si su cálculo corresponde a los años anteriores a 2007, reste el importe de las deudas relacionadas con el negocio y una  un importe equivalente a 15 veces el salario mínimo anual de su área geográfica.
  4. Para el 2007 multiplique el resultado por la tasa del 1.25% y para años anteriores por la tasa del 1.8% 
  5. Reste el impuesto sobre la renta anual y en su  caso los pagos provisionales del propio impuesto al activo efectuados en el año, la diferencia será el saldo a cargo.
6.    Ejemplo para calcular el impuesto al activo anual
7.   

Concepto
Cantidad $

Valor promedio de activos
1’985,000.00
Menos:



Valor promedio de deudas (excepto las contratadas con el sistema financiero)
135,000.00
Igual:



Valor del activo en el ejercicio
1’850,000.00
Menos:



15 veces el salario mínimo general anual
256,230.00
Igual:



Base del impuesto
1’159,770.00
Por:



Tasa del impuesto
1.8%
Igual:



Impuesto del ejercicio
28,687.86
Menos:



Pagos provisionales en el ejercicio
0
Igual:



Impuesto a cargo
28,687.86
Menos:



Impuesto sobre la renta del ejercicio
125,250.00
Igual:



Impuesto neto a cargo
0

AJUSTE ANUAL POR INFLACIÓN

 

El artículo 17 de la LISR, en su primer párrafo dispone que el ajuste anual por inflación acumulable, es el ingreso que obtienen los contribuyentes por la disminución real de sus deudas, pero, que significa. Pues la respuesta es sencilla si pensamos que si una empresa se está financiando con dinero ajeno (Pasivos), pues el momento de pactar las operaciones y el momento de pago de dichas obligaciones es distinto, razón por la cual, en ese lapso de tiempo entre la concertación de la obligación y el momento del pago de dicha obligación existe una inflación. México ha sido un país que se ha caracterizado por tener niveles de inflación descomunales. Pero siguiendo en nuestro estudio, pongamos el siguiente ejemplo:

Si una empresa compra a crédito mercancías por $ 10,000.00 y pacta con el proveedor que el pago lo hará en 90 días, es obvio que las fechas de la operación entre el compromiso de pago y el pago en si mismo son diferentes. Supongamos que entre esos 90 días, hubo una inflación del 10%, lo cual quiere decir, que a los 90 días la empresa pagará en efectivo $ 10,000.00, pero en realidad estará pagando en términos reales un 10% menos por la inflación, lo cual quiere decir, en términos generales que en pesos reales la empresa desembolsó $ 9,000.00. Si observamos, la operación es de $ 10,000.00 y la empresa pagó esos mismos $ 10,000.00 pero con la salvedad que el poder adquisitivo de la moneda por la inflación se vio disminuido por lo que, ese 10%, o sea, $ 1,000.00, es un ingreso acumulable por el cual se deberá de pagar Impuesto sobre la Renta (ISR).

En general, cuando una empresa se está financiando con terceras personas (Proveedores, Acreedores, Fisco, Bancos, etc.), va a obtener una ganancia y dicha ganancia estará gravada para efectos del ISR.

Ajuste anual por inflación deducible.

Ahora bien, la fracción X del artículo 29 de la LISR, establece como una partida deducible el ajuste anual por inflación deducible, pero sin embargo, no da una definición de lo que debe de entenderse como tal, por lo que, si el ajuste anual por inflación acumulable es la ganancia que obtiene un contribuyente por la disminución real de sus deudas, pues el ajuste anual por inflación deducible será la deducción autorizada que obtenga el contribuyente por la disminución real de sus créditos.



EJEMPLO DE AJUSTE ANUAL POR INFLACION

Planteamiento.

La empresa Rosas Azules, S.A. de C.V., nos muestra una lista de saldos al día último de cada mes para que le sea determinado el importe que habrá de considerar como ajuste anual por inflación, ya que quiere saber si el importe será acumulable o deducible para efectos de la declaración del ISR del ejercicio de 2002.




     
ROSAS AZULES, S.A. DE C.V.







Papeles de Trabajo para la determinación del ajuste anual por inflación (Créditos)














Inversiones

Documentos
Impuestos
Suma por


Mes
Bancos
Temporales
Clientes
por Cobrar
a favor
mes


Ene
65,320
52,000
321,450
120,000
36,000
594,770


Feb
71,852
52,000
353,595
120,000
36,000
633,447


Mar
79,037
52,000
388,955
120,000
36,000
675,992


Abr
86,941
52,000
427,850
120,000
45,200
731,991


May
95,635
52,000
470,635
85,200
45,200
748,670


Jun
62,054
52,000
305,378
85,200
45,200
549,832


Jul
68,259
52,000
335,915
85,200
45,200
586,575


Ago
75,085
52,000
369,507
85,200
45,200
626,992


Sep
82,594
52,000
406,457
53,000
36,000
630,051


Oct
90,853
52,000
447,103
53,000
36,000
678,956


Nov
58,951
52,000
290,109
53,000
36,000
490,060


Dic
64,846
52,000
319,119
53,000
36,000
524,966


Sumas
901,429
624,000
4,436,073
1,032,800
478,000
7,472,301











El promedio se obtiene de sumar, los saldos al último día del mes por todos los meses del ejercicio, entre


El número de meses del ejercicio.

























Promedio Anual de Créditos:
Suma de los saldos al último día del mes por todos los meses del ejercicio

Número de meses del ejercicio



















Promedio Anual de Créditos:

7,472,301





12













Promedio Anual de Créditos:



622,692
























ROSAS AZULES, S.A. DE C.V.







Papeles de Trabajo para la determinación del ajuste anual por inflación (Deudas)














Acreedores
Doctos. por
Crédito
Impuestos
Suma por


Mes
Proveedores
Diversos
pagar
Refaccionario
por pagar
mes


Ene
125,630
32,560
250,000
563,000
9,500
980,690


Feb
138,193
35,816
225,000
548,000
9,250
956,259


Mar
152,012
39,398
200,000
533,000
9,000
933,410


Abr
167,214
43,337
175,000
518,000
8,750
912,301


May
183,935
47,671
150,000
503,000
8,500
893,106


Jun
119,349
30,932
125,000
488,000
8,250
771,531


Jul
131,283
34,025
100,000
473,000
8,000
746,309


Ago
144,412
37,428
75,000
458,000
15,600
730,439


Sep
158,853
41,170
50,000
443,000
15,350
708,373


Oct
174,738
45,288
25,000
428,000
15,100
688,126


Nov
113,381
29,385
0
413,000
14,850
570,616


Dic
124,719
32,324
0
398,000
14,600
569,643


Sumas
1,733,718
449,334
1,375,000
5,766,000
136,750
9,460,803









PRESTACIONES POR LEY

Las prestaciones de Ley son las que garantizan los privilegios mínimos a que un empleado debe tener derecho, cualquiera que sea su trabajo. Estas son:

1. Jornada de Trabajo.
Diurna, nocturna o mixta. Con un máximo de 8 horas de trabajo y 7 en caso de ser turno nocturno.

2. Descansos.
Es obligatorio que el trabajador tenga por lo menos 1 día de descanso por cada 6 trabajados. También la Ley del Trabajo especifica los días festivos de descanso obligatorio.

3. Vacaciones.

La ley impone un mínimo de 6 días de vacaciones cuando el empleado tenga por lo menos 1 año laborando en la empresa.
4. Prima Vacacional.

Los empleados tendrán derecho a una prima mínima de 25% sobre los salarios que les correspondan durante el período de vacaciones.
5. Aguinaldo.

Un mínimo de 15 días de salario por año, pagaderos antes del 20 de Diciembre.

6. Capacitación.
La capacitación del trabajador es obligatoria y los costos y tiempos requeridos deberán ser cubiertos por la empresa en su totalidad.